NOTA INFORMATIVA DEL COMITÉ DE EMPRESA DE PROINTEC_Indra
MADRID
A LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES
30 de marzo de
2020
Estimadas compañeras y estimados compañeros,
Aunque hasta el momento de enviar esta nota la RLT de
Prointec no ha recibido la
convocatoria de la empresa para celebrar la primera reunión que dé comienzo al
periodo de consultas, y seguimos sin recibir ningún dato (personas afectadas,
criterios de aplicación, medidas y duración, etc.), sí que hemos recibido, al
igual que el resto de personas que trabajamos en el grupo Indra, el email y la
publicación en la Indraweb que el pasado viernes por la tarde hizo el
presidente de Indra.
En ella parece que no les bastan las medidas de regulación
temporal de empleo (ERTE), planteadas por el gobierno para esta
situación excepcional (Suspensiones y Reducciones de jornada. Art. 47 del ET (1) y RD
Ley 8/2020, 9/2020 y 10/2020(2)), cuyo fin es “apoyar
la continuidad en la actividad productiva y el mantenimiento del empleo” con
“medidas que proporcionen la necesaria
flexibilidad para el ajuste temporal de las empresas con el fin de favorecer el
mantenimiento del empleo y reforzar la protección de los trabajadores
directamente afectados.”
Además, plantean una reducción salarial (esto no sería un
ERTE, sería un procedimiento paralelo en base a otro artículo del ET, el 41(1) Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.
A falta de que se nos presente a la RLT de Prointec el
detalle de la propuesta y las afecciones derivadas, valoramos muy negativamente y consideramos
inaceptables las propuestas recogidas en la comunicación del presidente de
Indra, porque:
·
Como la propia empresa reconoce, tiene mayoritariamente a
su plantilla teletrabajando, como corresponde a una empresa tecnológica puntera.
·
Indra está participada por el Estado y cotiza en el IBEX35,
y debe dar ejemplo para no cargar indebidamente de más gastos a las arcas
públicas, siguiendo lo reclamado por el Gobierno de España en las ultimas
normas dictadas, para personas y empresas.
·
La propuesta de reducción salarial es, en un escenario en
el que buena parte de la plantilla de Prointec está teletrabajando y esforzándose
por mantener y mejorar la productividad, una propuesta incomprensible y dañina, cuando además en Prointec sufrimos una reducción
salarial desde el ERE 2010.
Por todo lo anterior, esperamos que la propuesta que se
nos presente a la RLT de Prointec rectifique
y no cargue en la plantilla el peso de una crisis y la mala gestión de la
empresa, de la que no somos responsables.
Os
seguiremos informando
Animo y un afectuoso saludo.
(1) Estatuto de los Trabajadores https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-11430-consolidado.pdf
(2)
RDL
8/2020 (https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf), RDL 9/2020
(https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/28/pdfs/BOE-A-2020-4152.pdf), RDL 10/2020 (https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/29/pdfs/BOE-A-2020-4166.pdf)
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