NOTA INFORMATIVA DEL COMITÉ DE EMPRESA DE
PROINTEC_Indra MADRID
A LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES
18 de marzo de 2024
Estimadas
compañeras y estimados compañeros,
Para cumplir con lo dispuesto en el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores (ver), y en el artículo 88.1 de la Ley Orgánica 3/2018 (ver), en relación con el Derecho a la Desconexión Digital
en el ámbito laboral, desde el Comité de Empresa requerimos que
PROINTEC se adhiriese al Acuerdo de
Regulación del Derecho a la Desconexión Digital de Indra, con el fin de que
la personas trabajadoras de nuestra empresa también tengamos garantizado,
fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto
del tiempo de descanso, permisos y vacaciones de las personas trabajadoras, así
como de su intimidad personal y familiar.
En este sentido, queremos informaros que, conjuntamente con la
representación de la empresa, recientemente hemos firmado el Acta de Adhesión de PROINTEC al Acuerdo de Regulación
del Derecho a la Desconexión Digital en Indra, por lo que desde este mes
de marzo es de aplicación en PROINTEC.
Aquí podéis consultar el detalle del Acta de Adhesión y del Acuerdo
https://comiteprointec.blogspot.com/p/derecho-desconexion-digital.html