NOTA INFORMATIVA DEL COMITÉ DE EMPRESA DE PROINTEC_Indra MADRID
A LAS
TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES
15 de diciembre
de 2021
Estimadas compañeras y estimados
compañeros,
Aplicación Acuerdo Teletrabajo
En
relación con los correos electrónicos que está recibiendo la plantilla de
PROINTEC con las propuestas de aplicación individual del Acuerdo de Teletrabajo
(TL), hemos expresado a la empresa nuestra
queja y discrepancia sobre cómo está
aplicando el Acuerdo colectivo de TL, en base a lo siguiente:
·
Que no se haya habilitado aún la herramienta en la Indraweb para
recibir las propuestas de TL
de aquellas personas que no hayan recibido la de la empresa, o la de aquellas
que quieran proponer a la empresa otro porcentaje de TL.
·
Que se haya hecho una propuesta minimalista generalizada de un 40%
de TL, es decir de mínimos, porque ese
% equivale a 2 días de TL por semana, y por tanto al mínimo en días que permite
la Ley de TL, cuando durante el confinamiento, con TL al 100%, se ha demostrado
que un modelo mixto con mayor % sería más productivo, y aportaría incluso mayor
ahorro para la empresa.
·
Que a las
escasas personas que tenían TL en
contrato antes de la pandemia, con un % mayor al 40%, ahora se les proponga
un porcentaje menor cuando sus circunstancias no han cambiado y sus responsables están conformes con
mantener el % que tenían.
·
Que a un colectivo de “Gerentes o Directores”, que
en muchos casos coordinan equipos, no se
les ofrezca ningún % de TL cuando su equipo si lo tendrá, y cuando el
Acuerdo de TL ya recoge que la persona deberá acudir al centro de trabajo
cuando sea requerida por la empresa.
Por lo tanto, hemos reclamado una aplicación del Acuerdo Colectivo de TL alejada de
la cultura antigua y desfasada del presencialismo, ajustada a la realidad de
PROINTEC (que, aunque es parte de Indra T&D, su actividad se asimila
más a la Consultoría de ISTI, donde sí se están ofreciendo % de TL mayores).
Hacemos esta reclamación en base al conocimiento de la opinión y posición de la
plantilla de PROINTEC, a la experiencia de aplicación del TL durante estos
últimos dos años, y ante la certeza que
los beneficios para la empresa serán mayores (mantenimiento de
profesionales de alto valor, productividad, ahorros en superficie alquilada,
ambiente laboral, etc.).
Adicionalmente, hemos resaltado la importancia de tener en cuenta que los niveles de contagio por COVID -19 están aumentando de manera preocupante y se debería mantener la situación actual con puestos libres alternativos para mantener la distancia de seguridad.
En consecuencia, hemos requerido a la empresa para una reunión, lo antes posible, para tratar lo aquí expuesto.
Así
mismo, mientras recibimos respuesta de la reclamación hecha a la empresa,
queremos recordaros que podéis trasladar vuestras dudas, o disconformidad con el
Acuerdo individual que os ofrezca la empresa, a través de rrhhprointec@indra.es, o abrir la correspondiente consulta en Service Point, poniendo en copia si lo estimáis oportuno a comiteprointec@indra.es.